Nacionales

¿Quiénes podrán salir durante la cuarentena domiciliar decretada?

Iliana Cornejo

domingo 22, marzo 2020 - 1:00 am

Foto: Óscar Machón

En el anuncio del presidente de la República sobre la cuarentena domiciliar por los siguientes 30 días, existen algunas excepciones para salir de casa.

Estas son:

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-Una persona por familia podrá salir de casa para abastecerse de alimentos e insumos farmacéuticos.
-Personal de salud, público y privado, debidamente identificado.
-Empleados de farmacias, supermercados y bancos con su identificación.

-También podrán salir "las personas que van a seguir trabajando para que El Salvador siga vivo".


-El transporte público seguirá funcionando, pero advirtió que no podrán ir llenos.

-Los trabajadores de restaurantes para que sirvan en 'delivery', así como los distribuidores de alimento como Uber Eats, Hugo, etc.

-Medios de comunicación, debidamente identificados.

-El sector ganadero y la agricultura.

-También los empleados de la administración pública: policías, militares, bomberos, empleados del MOP que trabajan en la construcción del hospital de Cifco, migración, Dirección Nacional de Medicamentos, ISNA, CONNA, Aduanas, Cruz Roja.

-Personal de la Corte Suprema de Justicia y Medicina Legal, que sean exclusivamente necesarios, además de los diputados de la Asamblea Legislativa.

-También, las empresas que producen papel higiénico, y desinfectantes.

-Personas que cuiden a niños y niñas, adultos mayores, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables por enfermedades crónicas que deban desplazarse a un lugar por emergencia o atención médica periódica, inclusive estas personas si tuvieren que desplazarse a un centro hospitalario o clínica.

-Personas que por causa de fuerza mayor o caso fortuito o situación de necesidad comprobada deben recurrir a lugares especificos a solventar dichas causas, según el decreto.

-Personas que laboran en vehículos de carga de transporte de mercadería y distribución de mercaderías y sean parte de la cadena de suministro alimentaria y de primera necesidad sus productos o cuya actividad sea la importación o exportación de mercadería.

¿Qué empresas pueden seguir trabajando?

-Aquellas empresas que produzcan textiles, bienes y servicios necesarios para la emergencia como alimentos, productos de limpieza, papel higiénico, y toallas sanitarias.

-Atención a líneas aéreas, servicios de electricidad, bancos y servicios médicos.

-Empresas de seguridad, gasolinera, transporte, taxis, transporte de carga, medios de comunicación, servicio de agua potable pública y privada.




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