El Ministerio de Hacienda se negó a entregarle al Superintendente del Sistema Financiero (SSF), las declaraciones de renta que habrían permitido conocer la capacidad económica de dos investigados por captar fondos del público sin autorización, según la resolución del procedimiento sancionador de la SSF.
Dicha investigación, iniciada a principios de diciembre de 2017 contra la empresa “GRUPO SMART S.A. de C.V.” representada por los hermanos Carlos José y Gerardo Javier Rivas Álvarez, tenía como propósito determinar el presunto incumplimiento de ambos de lo dispuesto en el Art. 101 inciso de la Ley del Mercado de Valores, el cual establece: “Se prohíbe toda captación de fondos del público con publicidad o sin ella, en forma habitual, bajo cualquier modalidad, a quienes no estén autorizados de conformidad con la presente Ley u otras que regulen esta materia…”.
De acuerdo con los resultados de las pesquisas iniciales a cargo de la Superintendencia, las cuales incluyeron la inspección en la sede de Smart Group así como entrevistas a sus clientes, representantes y empleados, dicha captación de fondos se hizo mediante contratos de asesoría y administración financiera, en los que dicha sociedad recibía de sus clientes diversas cantidades de dinero, con la promesa de invertirlas en el mercado internacional de divisas conocido como “Forex”, lo que prometía la obtención de rendimientos a corto plazo bajo un mínimo riesgo. Todo lo anterior sin autorización de las autoridades contraloras, función que desempeñan tanto la Superintendencia como el Banco Central.
En este contexto se produjo la solicitud de información al Ministerio de Hacienda, requiriendo a esa cartera de Estado, copias de las declaraciones de renta de los hermanos Carlos José y Gerardo Javier Rivas Álvarez, diligencia que fue notificada el 25 de junio de aquel año, según consta en la Resolución PAS-024/2017 suscrita por el Superintendente en abril.
La respuesta de Hacienda fue remitida por el Director General de Impuestos Internos mediante el oficio No. 10001-NEX-324-2018, en el que manifestó que la dependencia a su cargo se encuentra inhibida de acceder a lo peticionado por la Superintendencia.
Lo anterior no impidió que la institución contralora del sistema financiero acordara imponer una multa a los representantes de SMART Group, luego de determinar la existencia de la infracción administrativa que se investigaba.